¿Por qué importa tener una ley de “ETIQUETADO FRONTAL” de los alimentos? por la Dra. María Martha QUINTANA.


¿POR QUÉ IMPORTA TENER UNA LEY DE “ETIQUETADO FRONTAL” DE LOS ALIMENTOS?
Ley de PROMOCION DE LA ALIMENTACION SALUDABLE 27642/2021

Se estima que, a nivel mundial, cerca del 25% de las enfermedades humanas son atribuibles a factores ambientales. En las últimas décadas, sobre todo en los países más industrializados, se ha incrementado la incidencia de alteraciones del sistema reproductor (infertilidad, malformaciones, pubertad precoz, etc.), de cánceres (ovarios, mama, testículos, tiroides), de enfermedades neurológicas (síndrome del espectro autista, Parkinson, Alzheimer) y de enfermedades metabólicas (síndrome metabólico, obesidad, diabetes) entre otras.
Muchas sustancias se pueden encontrar en agua, en alimentos (como edulcorantes, acidulantes, conservantes, plaguicidas, etc), en productos y artículos de consumo de uso habitual y precursores de productos manufacturados, cuya producción mundial ha crecido unas seis veces en los últimos 50 años.
Por otro lado, es sabido que la triada madre-placenta –feto se encuentra afectada por la exposición ambiental a muchas de estas sustancias antes mencionadas y se relacionan con el ¨Desarrollo de la salud y enfermedad en el transcurso de la vida¨ y la expresión en la vida adulta de las enfermedades crónicas no trasmisibles.
Sabemos que la Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización Panamerican de la Salud (OPS), UNICEF y la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP) promueven el cuidado de los primeros 1000 días en la vida de un ser humano, allí la alimentación es fundamental, primeramente con la lactancia materna exclusiva hasta los 6 meses y luego en forma complementaria hasta los dos años con alimentos sanos y porque esas condiciones de vida aseguraran una mejor salud en la vida adulta de esos niños. Por otro lado, hay autores que proponen extender esos cuidados de alimentación sana hasta los 10.000 días (16 años) para asegurar una mejor salud en la adultez.
Estamos frente a una “pandemia” alimentaria de resultados que serán colosales y devastadores; hoy en Argentina el más del 40 % de la población niños y adolescentes tienen exceso de peso, y la pandemia de COVID-19 profundizó más esta tendencia.

En los informes de la Organización Panamericana de la Salud y la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (ENNyS) del año 2019 se indica que apenas un tercio de la población ingiere al menos una vez por día frutas y verduras, 4 de cada 10 consume lácteos recomendados diariamente y la mitad de los habitantes consume carnes al menos una vez por día. En cambio, el consumo de alimentos no recomendados es alto: el 37 % toma bebidas azucaradas diariamente y el 17 % consume productos de pastelería, mientras que el 36 % consume snacks al menos dos veces por semana y el 15 % consume golosinas con la misma frecuencia.
Un artículo reciente de Sudriá (2020) (1) en La revista científica de la Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas AADYND, advierte que nuestra población ha tenido un descenso en el consumo de alimentos con potencial inmunomodulador como frutas y verduras y un aumento en la ingesta de alimentos desaconsejados como panificados, golosinas, bebidas azucaradas y alcohólicas durante este contexto pandémico de Covid19.

(1). Sudria, Maria Emilce; Andreatta, María Marta; Defagó, María Daniela; Los efectos de la cuarentena por coronavirus (Covid-19) en los hábitos alimentarios en Argentina; Asociación Argentina de Dietistas y Nutricionistas Dietistas; Diaeta; 38; 171; 9-2020; 10-19.

A su vez, el patrón alimentario es siempre menos saludable en los grupos de bajos ingresos.

Neuquén es una zona del país donde estos resultados son graves relacionados a la obesidad infantil.

En este sentido consideramos que es fundamental fomentar la soberanía alimentaria como política pública, donde los ciudadanos tengan acceso a la información alimentaria, con acceso a alimentos sanos, seguros y soberanos; donde las frutas y verduras que se produzcan sean con prácticas agroecológicas, donde haya acceso a la tierra para los productores que lleven a cabo este tipo de agricultura.
La ley de Alimentación saludable 27642/2021 señala en el artículo 11 la inclusión en las currículas del nivel incial, primario y secundario una educación alimentaria nutricional.

El principal objetivo de esta ley es dejar a la vista de todos los consumidores la presencia de grasas totales, grasas saturadas, sodio, azúcares y/o calorías, en alimentos y bebidas de altos niveles de los denominados “nutrientes críticos”, según los criterios de la OPS. El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas. Estos productos no podrán ser comercializados en establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional

Los argentinos nos merecemos estar informados a la hora de elegir nuestros alimentos que vamos a consumir, por la salud de las personas gestantes, los niños, adolescentes y jóvenes de nuestro país.

Por Dra. María Martha Quintana. GRUPO DE SOBERANÍA Y CALIDAD ALIMENTARIA del CITAAC. 27 de octubre de 2021.

0111-S-2020d ley de etiquetado frontal Promocion de la alimentacion saludable